Horóscopo judicial: predicciones sobre Mina Invierno
José Miguel Aldunate Director ejecutivo del Observatorio Judicial
- T+
- T-
José Miguel Aldunate
Para los pueblos de la antigüedad, los eclipses vaticinaban catástrofes, hambrunas, guerras y desastres naturales. Las dos grandes luminarias celestes ─el sol y la luna─ siempre coordinadas en su eterno perseguirse, se estrellaban sobre nuestras cabezas y sumían a la tierra en la penumbra. ¿Cómo no alarmarse ante semejante espectáculo?
Hoy, que los inofensivos eclipses fascinan a los científicos y a los hippies, tenemos otras cosas por las que alarmarnos. Por ejemplo, el desempleo, la pobreza y la falta de oportunidades; pero también el cambio climático, la desertificación o el plástico en los océanos. Estas preocupaciones ¬─progreso y protección del medioambiente─ son las dos luces que ordenan el desarrollo sustentable, no debiendo nunca imponerse una sobre la otra.
Pero las decisiones judiciales se han vuelto tan impredecibles que, quizás, convendría escribir horóscopos judiciales en vez de columnas de opinión. ¿Cómo se comprende, si no, la decisión del Tribunal Ambiental de Valdivia de mantener la medida cautelar prohibiendo las tronaduras en la mina Invierno?
Nada importó que tres organismos técnicos del Estado ─el Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente y el Consejo de Monumentos Nacionales─ hayan determinado que las tronaduras cumplían con la normativa ambiental y preservaban el patrimonio paleontológico del lugar. El voto de mayoría desestimó sus conclusiones y perseveró en la prohibición.
Obviamente, no se trata de que los tribunales ambientales deban reproducir, sin más, las recomendaciones de los organismos técnicos. Pero existiendo actos administrativos favorables a las tronaduras, cabría esperar al menos dos cosas: primero, un estándar muy alto para desestimar las razones técnicas de los organismos aludidos; y, segundo, la evaluación de medidas alternativas a la paralización, que resulten más proporcionadas a los fines que se busca proteger y se articulen mejor con el funcionamiento de la mina.
Pero, de hecho, en opinión del presidente del Tribunal Ambiental de Valdivia, Iván Hunter, quien disintió del voto mayoritario, “la medida de prohibir las tronaduras por debajo de los 100 metros sobre el nivel del mar constituye, en la práctica, una verdadera medida de paralización o detención de la actividad”. El propio voto de mayoría reconoce que, tras el fallo, la empresa sólo podrá extraer el 60% del carbón planificado en 2019 y, luego, no podrá seguir operando. Esto puede significar la perdida de cientos de empleos y ya ha provocado el despido de 230 trabajadores.
Más aún, tan desproporcionada es la medida cautelar que, si se prohíben las tronaduras, no podrá haber más extracción de restos fósiles, con el consecuente perjuicio para la actividad científica que se buscaba proteger.
Por supuesto, todavía está pendiente que el mismo tribunal resuelva el fondo del asunto. Pero si el afán de conservación eclipsa del todo las necesidades del progreso, podemos predecir un futuro muy sombrío para el desarrollo sustentable.